Pronta resolución en primera audiencia oral del juzgado 4º. Familiar del Poder Judicial del Estado de Yucatán

Lunes, 16 de diciembre de 2013

Mérida, Yucatán a 13 de diciembre de 2013.- En una audiencia oral que duró escasos 20 minutos, el juzgado 4o. de Oralidad familiar del Poder Judicial del Estado resolvió un caso de cambio de régimen matrimonial, bajo el sistema de impartición de justicia oral, que agiliza y transparenta los procedimientos para resolver asuntos en materia familiar.

La titular de este juzgado, que entró en funciones el pasado 2 de diciembre, Aurea Astrid Aranda Matos, celebró su primera audiencia oral en la que aprobó la solicitud de los integrantes del matrimonio, quienes estaban casados bajo el régimen de sociedad legal, pero solicitaron su cambio al de régimen de separación de bienes.

Este caso fue admitido por el juzgado el pasado 4 de diciembre y hoy se celebró la audiencia, de tipo preliminar, en la que estuvieron presentes ambas partes y en la que se aprobó la solicitud y los términos propuestos, a los cuales se denomina capitulaciones matrimoniales.

La jueza Aranda Matos dio por iniciada la audiencia haciendo sonar el mallete o martillo y tomando protesta de decir verdad a los interesados, para lo que les solicitó se pusieran de pie.

“La ley sanciona a quienes declaran falsamente ante una autoridad debidamente constituida, por lo que les pregunto:¿protestan conducirse con verdad en la presente audiencia?”, expresó la jueza a los integrantes del matrimonio, quienes contestaron afirmativamente ante la jueza.

Inmediatamente se plantearon los términos de la solicitud y tomó la palabra el representante de la Fiscalía General del Estado, para establecer sus consideraciones.

Por su parte, en la solicitud los interesados señalaron que fue su libre voluntad solicitar el cambio de régimen y que mientras estuvieron bajo el régimen de bienes mancomunados no adquirieron bienes ni deudas.

La juzgadora dio a conocer su resolución directamente a los interesados, a quienes informó que declaraba como suficientes las presentes diligencias, con lo que aprobó las bases solicitadas por ellos para el cambio de régimen y ordenó remitir oficio al Registro civil con la copia certificada de su sentencia.

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