Vinculado a proceso por homicidio, lesiones y daño en propiedad ajena cometidos por culpa y abandono de personas

Viernes, 25 de febrero de 2022

Vinculado a proceso por homicidio, lesiones y daño en propiedad ajena cometidos por culpa y abandono de personas

 

Mérida, Yucatán a 25 de febrero de 2022


 

La Jueza de Control del Primer Distrito Judicial del Sistema Penal Acusatorio y Oral, Elsy del Carmen Villanueva Segura, resolvió vincular a proceso  penal a una persona por los delitos de homicidio, lesiones y daño en propiedad ajena cometidos por culpa y abandono de personas.

 

Luego de valorar los datos de prueba expuestos por la Fiscalía en la audiencia, la juzgadora determinó que se cumplieron todos los requisitos establecidos en la Constitución y en el Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP) para determinar la vinculación del imputado al proceso penal, decisión que permitirá a los fiscales continuar la investigación relacionada con los siguientes hechos:

 

“Que el día 18 de febrero del presente, entre las 00:35 y 00:50 horas, el hoy imputado conducía un vehículo automotor en el arroyo interior del anillo periférico y en un momento al encontrarse transitando de sureste a noreste a la altura del km 47 de dicha vía, sin precaución, colisionó la parte delantera de su auto con la trasera de una motocicleta haciendo caer al asfalto al conductor de la misma y a una persona que venía como pasajera provocando lesiones en ambas personas, siendo que la pasajera perdió la vida derivado de dichas lesiones; además causó daños en la motocicleta, para luego huir del lugar sin prestar ayuda a los lesionados.”

 

La jueza de control Villanueva Segura otorgó a los fiscales el plazo de tres meses para el cierre de la investigación complementaria del caso de cierre, plazo que se cumple el 25 de mayo del presente año.

 

El artículo 316 del CNPP señala que para dictar el auto de vinculación a proceso, se deben cumplir las siguientes circunstancias:  que se haya formulado la imputación; se haya otorgado al imputado la oportunidad para declarar; de los antecedentes de la investigación expuestos por el Ministerio Público, se desprendan datos de prueba que establezcan que se ha cometido un hecho que la ley señala como delito y que exista la probabilidad de que el imputado lo cometió o participó en su comisión; y que no se actualice una causa de extinción de la acción penal o excluyente del delito

 

Unidad de Comunicación Social y Protocolo del Poder Judicial del Estado de Yucatán

Comunicado No. UCSYP/42/FEB/MFMM

Documento con fines de divulgación. La sentencia o resolución son las únicas versiones oficiales.

 

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