Aprueban acuerdos reparatorios por delitos de daño en propiedad ajena y lesiones, ambos cometidos por culpa

Miércoles, 22 de septiembre de 2021

Aprueban acuerdos reparatorios por delitos de daño en propiedad ajena y lesiones, ambos cometidos por culpa
 
Umán, Yucatán a 22 de septiembre de 2021 
 
Carpeta administrativa 63/2019
 
El Juez de Control del Cuarto Distrito Judicial con sede en esta ciudad de Umán, José Enrique Sáenz Dzul, aprobó en audiencia hoy Acuerdos Reparatorios entre las partes de un proceso penal por los delitos de daño en propiedad ajena cometido por culpa y lesiones cometidas por culpa, ambos derivados de un hecho de tránsito.
 
El artículo 186 del Código Nacional de Procedimientos Penales establece que los Acuerdos Reparatorios son celebrados entre la víctima u ofendido y el imputado y, una vez aprobados por el Ministerio Público o el Juez de control y cumplidos en sus términos, tienen como efecto la extinción de la acción penal.
 
En la audiencia, el Juez de Control Sáenz Dzul, aprobó el acuerdo reparatorio por el delito de lesiones cometidas por culpa en el que el imputado se comprometió al pago diferido a dos víctimas iniciando el 1 de noviembre del presente por 10 mil pesos; el 1 de diciembre del presente por $4,437 pesos y de ahí en adelante mensualmente cantidades por $4,411 hasta el 2 de septiembre de 2024.
 
En lo referente al Acuerdo Reparatorio por el daño en propiedad ajena cometido por culpa, el imputado realizó un pago inmediato de $8,932.00 y una disculpa pública. Al cumplirse el Acuerdo celebrado entre las partes, se dio por extinta la acción penal respecto de este delito.
 
Los hechos sobre el caso establecidos por la Fiscalía Estatal son los siguientes:
 
“Que el día 6 de octubre de 2019, al transitar en su vehículo, el hoy imputado, sin la debida precaución, no cedió el paso preferente a una motocicleta, provocando con la colisión lesiones a dos personas, daños a la motocicleta y la muerte del conductor de ésta.”
 
Unidad de Comunicación Social y Protocolo del Poder Judicial del Estado de Yucatán
Comunicado No. UCSYP/437/SEPT/2021/MFMM
Documento con fines de divulgación. La sentencia o resolución son las únicas versiones oficiales.

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