Legal detención por el delito de violación

Miércoles, 10 de febrero de 2021

Juzgado: Primero de Control del Cuarto Distrito Judicial Juez: José Enrique Sáenz Dzul
Número de Carpeta Administrativa: 07/2021 Audiencia: audiencia inicial
Delito: violación
Imputado: 1
 
El Juez de Control del cuarto distrito judicial del sistema penal, José Enrique Sáenz Dzul calificó y ratificó de legal la detención de una persona por su probable participación en un hecho con apariencia de delito de violación.
 
El artículo 308 del Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP) establece que, inmediatamente después de que una persona sea detenida en flagrancia o caso urgente, debe ser puesta a disposición de la autoridad judicial para que el Ministerio Público justifique las razones de la detención y el juez(a) proceda a calificarla, ratificándola en caso de encontrarse ajustada a derecho o decretando la libertad en los términos previstos en el mencionado Código.
 
En el presente caso, después de ratificada como legal la detención por parte del Juez de Control Sáenz Dzul en audiencia realizada ayer, los representantes de la Fiscalía Estatal comunicaron al detenido que iniciaron una investigación (formulación de imputación), acorde con los siguientes hechos:
 
“Que el día 24 de enero de 2021, aproximadamente a las 21:40 horas, el hoy imputado ingresó al domicilio de la hoy víctima para explicarle cómo realizar unos trámites acerca de su Afore, siendo el caso que aprovechándose de que la víctima se encontraba sola, por medio de la violencia física la agredió sexualmente”.
 
Cabe mencionar que la audiencia de control de detención se realizó hasta el día de hoy debido a que el detenido, al momento de ser presentado al juzgado, presentó síntomas de COVID, por lo que fue aislado y tratado médicamente.
 
Posterior a la imputación, la Fiscalía, conforme lo previsto en el CNPP, solicitó al Juez de Control resolver la situación jurídica del detenido (auto de vinculación a proceso), pero la defensa y el imputado solicitaron el término constitucional, es decir 72 horas, ante lo cual el juzgador notificó a las partes que la audiencia de vinculación se realizará el viernes 12 de febrero del presente, en este mismo Centro de Justicia Oral.
 
Por último, el juez de control, después del debate entre las partes, impuso la medida cautelar de prisión preventiva por todo el tiempo que dure el proceso penal.
 
Unidad de Comunicación Social y Protocolo del Poder Judicial del Estado de Yucatán
Comunicado No. UCSYP/057/FEB/2021/HIMP/MFMM
Documento con fines de divulgación. La sentencia o resolución son las únicas versiones oficiales

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