Vinculado a proceso por lesiones

Martes, 13 de octubre de 2020

Vinculado a proceso por lesiones
 
Mérida, Yucatán a 13 de octubre de 2020
 
Juzgado: Primero de Control del Primer Distrito Judicial Juez: Santos Alfredo May Tinal 
Número de Carpeta Administrativa: 154/2020 Audiencia: Continuación de audiencia Inicial
Delito: Lesiones que pusieron en peligro la vida
Imputado: 1
 
En audiencia celebrada en el Centro de Justicia Oral de Mérida, el Juez de Control del Primer distrito judicial del sistema penal, Santos Alfredo May Tinal, dictó auto de vinculación a proceso penal a una persona imputada por un hecho que la ley señala como delito de lesiones que en su momento pusieron en peligro la vida.
 
El Juez de Control expuso en la audiencia realizada el día de hoy, que se cumplieron los requisitos establecidos en el artículo 316 del Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP) para dictar el auto de vinculación a proceso, con lo cual se continuará el proceso.
 
Los hechos expuestos por los representantes de la Fiscalía Estatal en la audiencia fueron:
 
“Que el día 6 de octubre de 2020, entre las 16:00 y 16:35 horas, el hoy imputado brindó un servicio de transporte de mototaxi a una persona a un centro comercial de esta ciudad y al llegar el usuario le dijo que le pagaría después, lo que originó que el hoy imputado profiriera ofensas en contra del cliente, por lo que se acercaron dos personas, entre ellas la hoy víctima, para calmarlo; siendo que el hoy imputado se alteró más y lanzó un golpe al rostro de la hoy víctima ocasionando que cayera al suelo y se golpeara la cabeza con el suelo; una valoración médica realizada con posterioridad determinó que se trata de lesiones que tardan en sanar más de quince días y que en su momento pusieron en peligro la vida.” 
 
El Juez de Control May Tinal accedió otorgar a los fiscales el plazo solicitado de tres meses para continuar con la investigación complementaria del caso. 
 
Por último, el Juez de Control accedió a la modificación de la medida cautelar de prisión preventiva que tenía el imputado y le impuso la presentación periódica ante el Centro Estatal de Supervisión de Medidas Cautelares y Suspensión Condicional del Proceso; la prohibición de acercarse a la víctima, a su domicilio y al lugar de los hechos; asimismo la prohibición temporal de prestar el servicio de mototaxi. Todas estas medidas tendrán vigencia por todo el tiempo que dure el proceso penal. 
 
Unidad de Comunicación Social y Protocolo del Poder Judicial del Estado de Yucatán
Comunicado No. UCSYP/360/OCT/2020/HIMP/MFMM
Documento con fines de divulgación. La sentencia o resolución son las únicas versiones oficiales.

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