Vinculado a proceso penal por el delito de fraude específico

Lunes, 28 de septiembre de 2020

Juzgado: Primero de Control del Primer Distrito Judicial Juez: Rómulo Antonio Bonilla Castañeda
Número de Carpeta Administrativa: 45/2020 Audiencia: Continuación audiencia inicial
Delito: Fraude específico
Imputado: 1
 
El Juez de Control del primer distrito judicial del sistema penal, Rómulo Antonio Bonilla Castañeda, dictó auto de vinculación a proceso penal a una persona por la probabilidad de que cometió un hecho que la ley señala como delito de fraude específico por mala administración de bienes, con lo cual el órgano acusador podrá continuar la investigación del caso, conforme a las reglas establecidas en la ley.
 
En la audiencia y ante las partes: querellante, fiscales, imputado y defensor, el Juez de Control explicó que se cumplieron los requisitos establecidos en el artículo 316 del Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP) para dictar el auto de vinculación respectivo.
 
Los hechos señalados por los fiscales apuntan a que “en diciembre de 2016, en calidad de apoderado legal del hoy querellante, el imputado pagó a su mamá, con 15 predios, propiedad de su entonces representado, una deuda de casi $5,000,000.00 M.N. que el dueño de dichos predios tenía con ella; lo anterior sin el conocimiento del hoy denunciante y quien es propietario al 100% de tres de dichos predios y del resto al 50% y cuyo valor es de aproximadamente $22,000,000 M.N.”.
 
El Juez Bonilla Castañeda concedió el plazo de tres meses a los representantes de la Fiscalía Estatal para complementar su investigación. Cabe mencionar que el imputado mantiene las medidas cautelares impuestas en la audiencia anterior consistentes en: garantía económica de $15,000.00 acudir mensualmente a firmar al Centro Estatal de Supervisión de Medidas Cautelares y Suspensión Condicional del Proceso; no acerarse a la apoderada del querellante, al querellante o a su domicilio.
 
Unidad de Comunicación Social y Protocolo del Poder Judicial del Estado de Yucatán
Comunicado No. UCSYP/330/SEPT/2020/MFMM
Documento con fines de divulgación. La sentencia o resolución son las únicas versiones oficiales.

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