Vinculan y suspenden el proceso condicionalmente por robo calificado

Jueves, 24 de septiembre de 2020

Juzgado: Segundo de Control del Primer Distrito Judicial Jueza: Ileana Georgina Domínguez Zapata
Número de Carpeta Administrativa: 144/2020 Audiencia: Continuación audiencia inicial
Delito: robo calificado
Imputado: 1
  
En audiencia celebrada en el Centro de Justicia Oral de Mérida, la Jueza de Control, Ileana Georgina Domínguez Zapata, dictó auto de vinculación a proceso a una persona imputada por un hecho que la ley señala como delito de robo calificado y aprobó la suspensión condicional del mismo.
 
La Jueza de Control expuso, en una audiencia realizada hoy, que se cumplieron los requisitos establecidos en el artículo 316 del Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP) para dictar el auto de vinculación a proceso.
 
Los hechos expuestos por los representantes de la Fiscalía Estatal en la audiencia fueron:
 
“Que el 17 de septiembre de 2020, aproximadamente a las 20:10 horas, el hoy imputado se encontraba en calles de una colonia del sur de esta ciudad, en donde también se encontraba una unidad de ambulancia prestando servicio de emergencia; es el caso que el hoy imputado, al percatarse que nadie se encontraba en el interior de dicha ambulancia, se apoderó de un teléfono celular, sin embargo, fue detenido por agentes policiales”.
 
Seguidamente, las partes solicitaron la suspensión condicional del proceso que, de acuerdo con el Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP), consiste en el planteamiento formulado por el Ministerio Público o el imputado, el cual contiene un plan detallado sobre el pago de la reparación del daño y el sometimiento del imputado a una o varias condiciones.
 
En el presente caso, el hoy vinculado a proceso se comprometió a residir en su domicilio, no acercarse a la víctima ni al domicilio de ella, tener un trabajo y someterse a la vigilancia del Centro Estatal de Supervisión de Medidas Cautelares y Suspensión Condicional del Proceso, todo esto por el plazo de seis meses.
 
La víctima, quien acudió a la audiencia, se manifestó reparada del daño por lo que no deseaba continuar con el procedimiento, por lo tanto, otorgó su anuencia a la salida alterna al proceso penal.
 
Si el imputado cumple durante el plazo establecido con estas condiciones se dará la extinción de la acción penal y el sobreseimiento de la carpeta.
 
Unidad de Comunicación Social y Protocolo del Poder Judicial del Estado de Yucatán
Comunicado No. UCSYP/320/SEPT/2020/HIMP/MFMM
Documento con fines de divulgación. La sentencia o resolución son las únicas versiones oficiales.

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