Vinculado por lesiones que ponen en peligro la vida y daño en propiedad ajena ambos cometidos por culpa

Jueves, 17 de septiembre de 2020

Juzgado: Primero de Control del Primer Distrito Judicial Jueza: Blanca Beatriz Bonilla González
Número de Carpeta Administrativa: 142/2020 Audiencia: Continuación audiencia inicial
Delito: lesiones que ponen en peligro la vida y daño en propiedad ajena cometidos por culpa
Imputado: 1
 
La Jueza de Control, Blanca Beatriz Bonilla González dictó auto de vinculación a proceso a una persona por la probabilidad de que cometió hechos que la ley señala como delitos de lesiones que ponen en peligro la vida y daño en propiedad ajena, ambos cometidos por culpa
 
En la audiencia, la Jueza de Control resolvió que se cumplieron los requisitos establecidos en el artículo 316 del Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP) para dictar el auto de vinculación a proceso.
 
Los hechos expuestos por los representantes de la Fiscalía Estatal en la audiencia fueron:
 
“Que el 10 de septiembre de 2020, aproximadamente a las 08:35 horas, el hoy imputado conducía una motocicleta sobre la avenida Universidad Pedagógica y sin respetar la preferencia de paso al peatón atropelló a la hoy víctima, ocasionándole lesiones que ponen en peligro la vida. Por el impacto, la motocicleta continuó su camino y colisionó con un vehículo ocasionándole daños.” 
 
Cabe mencionar que en la audiencia, el ofendido por el delito de daño en propiedad ajena otorgó el perdón, dándose la extinción de la acción penal por ese delito, quedando únicamente el proceso por el delito de lesiones que ponen en peligro la vida.
 
Seguidamente, la Jueza de Control accedió al plazo de dos meses solicitados por la Fiscalía para continuar con la investigación complementaria. Cabe mencionar que el imputado mantiene medidas cautelares consistentes en: la presentación periódica ante el Centro Estatal de Supervisión de Medidas Cautelares y Suspensión Condicional del Proceso; la exhibición de una garantía económica; la prohibición de salir sin autorización del país; el sometimiento y vigilancia de dicho Centro Estatal y la colocación de localizador electrónico, medidas que tendrán vigencia por todo el tiempo que dure el proceso penal.
 
Unidad de Comunicación Social y Protocolo del Poder Judicial del Estado de Yucatán
Comunicado No. UCSYP/302/SEPT/2020/HIMP
Documento con fines de divulgación. La sentencia o resolución son las únicas versiones oficiales.

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