Imputan a una persona el delito de uso de documento falso

Lunes, 14 de septiembre de 2020

Juzgado: Primero de Control del Primer Distrito Judicial Juez: Rómulo Antonio Bonilla Castañeda
Número de Carpeta Administrativa: 93/2020 Audiencia: Inicial
Delito: Uso de documento falso
Imputado: 1
 
En audiencia presidida por el Juez de Control, Rómulo Antonio Bonilla Castañeda, la Fiscalía Estatal imputó a una persona el delito de uso de documento falso por hecho ocurridos el 28 de mayo pasado en esta ciudad de Mérida.
 
Los representantes de la Fiscalía Estatal formularon imputación del delito al detenido, es decir, le comunicaron que iniciaron una investigación respecto de los siguientes hechos:
 
“Que el 29 de mayo de 2020, aproximadamente a las 13:20 hora, el hoy imputado acudió al depósito de grúas de Grupo Roffil y exhibió documentos en copia, así como facturas que no estaban a su nombre, con la intención de liberar un vehículo. Personal que recibió la documentación se percató de que las firmas que obraban en dichas copias no eran las que normalmente autorizan la liberación, por lo que se comunicaron con las autoridades correspondientes y confirmaron que era un documento falso”.
 
Posterior a la imputación, en la misma audiencia realizada ayer  la Fiscalía, conforme a lo previsto en la ley, solicitó al Juez de Control resolver la situación jurídica de la persona detenida (auto de vinculación a proceso); sin embargo, el imputado y su defensa solicitaron la duplicidad del término constitucional, es decir 144 horas, para realizar esta audiencia, ante lo cual, el Juez notificó a las partes que la audiencia de vinculación se realizará el próximo viernes 18 de septiembre del presente a las 10:00 horas, en este mismo Centro de Justicia Oral.
 
Por último y a solicitud de los fiscales, el Juzgador impuso al imputado las medidas cautelares consistentes en acudir mensualmente a firmar al Centro Estatal de Supervisión de Medidas Cautelares y Suspensión Condicional del Proceso; la prohibición de salir del estado y el sometimiento y vigilancia de dicho Centro Estatal. Estas medidas tendrán vigencia por todo el tiempo que dure el proceso penal.
 
Unidad de Comunicación Social y Protocolo del Poder Judicial del Estado de Yucatán
Comunicado No. UCSYP/295/SEPT/2020/HIMP/MFMM
Documento con fines de divulgación. La sentencia o resolución son las únicas versiones oficiales.

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