Suspenden proceso penal 8 meses en una salida alterna

Miércoles, 9 de septiembre de 2020

Juzgado: Primero de Control del Primer Distrito Judicial Juez: Rómulo Antonio Bonilla Castañeda
Número de Carpeta Administrativa: 76/2020 Audiencia: Solicitud de suspensión condicional del proceso
Delito: Robo cometido en pandilla
Imputado: 1
 
En una audiencia presidida por el Juez de Control, Rómulo Antonio Bonilla Castañeda, una persona imputada del delito de robo cometido con violencia se comprometió a cumplir una serie de condiciones, además de pagar la reparación del daño como salida alterna a su proceso penal.
 
En audiencia celebrada en el Centro de Justicia Oral de Mérida, el Juez de Control aprobó la salida alterna consistente en una suspensión condicional del proceso. 
 
De acuerdo con el Código Nacional de Procedimientos Penales la suspensión condicional del proceso debe entenderse como el planteamiento formulado por el Ministerio Público o el imputado, el cual contiene un plan detallado sobre el pago de la reparación del daño y el sometimiento del imputado a una o varias condiciones.
 
En este caso el imputado se comprometió a pagar la cantidad de $3,000.00 M.N. en favor de la víctima; asimismo a residir en un domicilio de esta ciudad de Mérida, no acercarse al domicilio del denunciante y de los testigos a una distancia de 300 metros y a conseguir un trabajo.
 
Si el imputado cumple durante el plazo de ocho meses con estas condiciones se dará la extinción de la acción penal y el sobreseimiento de la carpeta.
  
Comunicado No. UCSYP/281/SEPT/2020/HIMP/MFMM
Documento con fines de divulgación. La sentencia o resolución son las únicas versiones oficiales.

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