Suspenden condicionalmente proceso penal

Jueves, 9 de julio de 2020

Juzgado: Segundo de Control del Primer Distrito Judicial Juez: Luis Armando Mendoza Casanova 
Número de Carpeta Administrativa: 300/2019     Audiencia de: Suspensión condicional del proceso  
Delito: Violencia familiar 
Imputados: 1 Víctima: 1
 
En una audiencia realizada en el Centro de Justicia Oral de Mérida (CJOM), el Juez de Control del Primer Distrito Judicial del Sistema Penal Acusatorio y Oral, Luis Armando Mendoza Casanova resolvió, sin que la víctima ni la Fiscalía se opusieran, acceder a la solicitud de terminar un proceso penal por medio de la vía alterna consistente en la suspensión condicional del mismo, que se encuentra prevista en el Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP).
 
El Juez de Control verificó el cumplimiento de los requisitos legales para la suspensión, entre estos la propuesta de un plan de reparación del daño y la aplicación de determinadas condiciones para el imputado, además de que la Fiscalía Estatal verificó en los registros correspondientes que éste no se ha sometido a una suspensión condicional anterior.
 
Las condiciones que deberá cumplir el imputado por un plazo de 16 meses son las siguientes: residir en un lugar determinado; no acercarse a la víctima ni a su domicilio en un rango de 300 metros; no consumir narcóticos ni bebidas alcohólicas; someterse a la vigilancia del Centro Estatal de Medidas Cautelares; abstenerse de viajar al extranjero y realizar el pago de la reparación del daño por la cantidad de $9,600.00 M.N, el cual realizará en parcialidades por la cantidad de $600.00 M.N. de manera mensual en los primeros 3 días hábiles de cada mes ante la administración de este juzgado.
 
Los hechos materia de este caso y que fueron expuestos por la Fiscalía Estatal en audiencia anterior ocurrieron de la siguiente manera:
 
“Que durante cuatro años el hoy imputado mantuvo una relación sentimental con la hoy víctima, la cual finalizó en agosto de 2017 fecha en la que el hoy imputado comenzó a ejercer violencia moral en reiteradas ocasiones en contra de la víctima.”
 
Unidad de Comunicación Social y Protocolo del Poder Judicial del Estado de Yucatán
Comunicado No. UCSYP/206/JUL/2020/HIMP/MFMM
Documento con fines de divulgación. La sentencia o resolución son las únicas versiones oficiales.

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