Juez de control dicta fallo condenatorio por homicidio calificado en grado de tentativa (2)

Miércoles, 13 de mayo de 2020

Juzgado: Segundo de Control del Primer Distrito Judicial Juez: Luis Edwin Mugarte Guerrero
Número de Carpeta Administrativa: 219/2019 Audiencia: Intermedia
Delito: Homicidio calificado en grado de tentativa (2)
Imputados: 2 Víctimas: 2
 
El Juez de Control del Primer Distrito Judicial del Estado del Sistema Penal Acusatorio y Oral, Luis Edwin Mugarte Guerrero, dictó, por medio de un procedimiento abreviado, fallo condenatorio a dos personas como coautores materiales y directos del delito de homicidio calificado en grado de tentativa (2), por hechos ocurridos en julio de 2019.
 
En audiencia celebrada ayer en el Centro de Justicia Oral de Mérida (CJOM), los representantes de la Fiscalía Estatal expusieron en su acusación que: 
 
“El día 14 de julio del año 2019, siendo aproximadamente las 23:00 horas, dos personas del sexo masculino, hoy imputados, ingresaron al predio ubicado en la calle 66 de la Colonia San Antonio Xluch y Nocoh de esta ciudad de Mérida, Yucatán, portando cada uno de ellos un arma blanca, mismo lugar en el que se encontraban las dos personas, hoy víctimas. Siendo el caso que una vez en el interior del mismo, ambos imputados agredieron físicamente a las víctimas con las armas blancas que tenían en su poder, esto con la finalidad de privarles de la vida, no logrando lo anterior por causas ajenas a su voluntad. Determinándose posteriormente que las lesiones que les fueron causadas a las víctimas son de las que por su naturaleza ponen en peligro la vida, tal y como lo determinó un Médico Forense de la Fiscalía.”
 
En la audiencia, el Juez Mugarte Guerrero expuso a las partes que corroboró que se cumplieron los requisitos que la ley exige para llevar a cabo el procedimiento abreviado, una forma de terminación anticipada del proceso prevista en el artículo 201 del Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP). Explicó también que los datos de prueba que presentó la Fiscalía fueron suficientes, útiles y pertinentes para determinar un fallo condenatorio.
 
A solicitud de los fiscales, el Juez de control a los sentenciados una pena privativa de la libertad de 10 años.
 
El Juez también amonestó públicamente a los acusados; les suspendió sus derechos políticos; les negó los beneficios sustitutivos de prisión y les prohibió acercarse a las víctimas y al domicilio de éstas, por el plazo de 3 años en un radio menor de 200 metros, posteriormente al cumplimiento de la pena de prisión.
 
Asimismo, el Juez condenó a los sentenciados al pago de la reparación del daño de manera genérica, para que en ejecución de sentencia por la vía incidental se determine el monto a pagar.
 
 
Unidad de Comunicación Social y Protocolo del Poder Judicial del Estado de Yucatán
Comunicado No. UCSYP/117/MAY/2020/SAMR/MFMM
Documento con fines de divulgación. La sentencia o resolución son las únicas versiones oficiales.

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