Autoridad judicial dictó auto de vinculación a proceso por el delito de portación de armas e instrumentos prohibidos, ataques peligrosos y daño en propiedad ajena cometido contra una institución pública

Viernes, 17 de abril de 2020

 
Juzgado: Primero de Control del Primer Distrito Judicial Juez: Rómulo Antonio Bonilla Castañeda
Número de Carpeta Administrativa: 45/2020     Audiencia de: vinculación a proceso
Delitos: Portación de armas e instrumentos prohibidos, ataques peligrosos y daño en propiedad ajena cometido contra una institución pública.
Imputado: 1      
 
En audiencia celebrada en la sala 1 del Centro de Justicia Oral de Mérida (CJOM), el Juez del Primer Distrito Judicial del Sistema Penal Acusatorio y Oral, Rómulo Antonio Bonilla Castañeda dictó auto de vinculación a proceso a una persona por la probabilidad de que cometió un hecho que la ley señala como delitos de portación de armas e instrumentos prohibidos, ataques peligrosos y daño en propiedad ajena cometido contra una institución pública. 
 
El Juez de control expuso que se cumplieron cada uno de los requisitos establecidos en el artículo 316 del Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP) para dictar el auto de vinculación a proceso.
Los hechos expuestos por los representantes de la Fiscalía General del Estado (FGE) fueron:  “Que el día 16 de febrero del presente año, siendo aproximadamente las 12:45 horas el ahora imputado, encontrándose en la confluencia de las calles 10 x 21 de la colonia San Esteban de esta ciudad, portaba sobre su radio de acción y disponibilidad un arma blanca consistente en un cuchillo, y que al tratar de ser entrevistado por agentes de la Policía Estatal de Investigación de la Secretaría de Seguridad Pública, empujó de manera sorpresiva a uno de los agentes quien cayó al suelo y empleando dicha arma lanzó un tajo a la altura del abdomen a otro agente quien logró esquivar el ataque, lo que ocasionó daño al chaleco que portaba.”
 
En la audiencia de hoy el Juez accedió al plazo de dos meses solicitado por la Fiscalía para continuar con la investigación complementaria. Cabe señalar que la persona vinculada a proceso continuará con la medida cautelar de internamiento en el Hospital Psiquiátrico del Estado, por todo el tiempo que dure el proceso penal.  Cabe apuntar que en este caso se lleva un proceso especial de inimputable.
 
Unidad de Comunicación Social y Protocolo del Poder Judicial del Estado de Yucatán
Comunicado No. UCSYP/94/ABR /2020/SAMR/MFMM
 
Documento con fines de divulgación. La sentencia o resolución son las únicas versiones oficiales

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