Juez de control dictó auto de vinculación a proceso por el delito de robo calificado cometido con violencia

Jueves, 2 de abril de 2020

Juzgado: Segundo de Control del Primer Distrito Judicial
 Juez: Luis Edwin Mugarte Guerrero
Número de Carpeta Administrativa: 79/2020   
Audiencia de: vinculación a proceso
Delito: Robo calificado cometido con violencia
Imputado: 1 Víctimas: 2
 
En audiencia celebrada en la sala 4 del Centro de Justicia Oral de Mérida (CJOM), el Juez de control del sistema penal, Luis Edwin Mugarte Guerrero, dictó auto de vinculación a proceso a una persona por la probabilidad de que cometió un hecho que la ley señala como delito de robo calificado cometido con violencia.
 
El juzgador explicó que se cumplieron los requisitos establecidos en el artículo 316 del Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP) para dictar el auto de vinculación a proceso.
 
Los hechos expuestos por los representantes de la Fiscalía General del Estado (FGE)  fueron: “Que el día 26 de marzo del presente año, aproximadamente a las 04:55 horas, el ahora imputado se introdujo a la gasolinera denominada Combustibles y Lubricantes María Luisa S.A de C.V., ubicada en la calle 21 de la colonia María Luisa de esta ciudad, y con uso de la violencia física y moral se apoderó sin derecho y sin consentimiento de la cantidad de $3,000.00 en efectivo que se encontraban en poder de la hoy víctima, empleado de dicha negociación. Agentes de Secretaría de Seguridad Pública detuvieron al hoy imputado momentos después de los hechos.”.
 
El Juez Mugarte Guerrero accedió al plazo de un mes solicitado por la Fiscalía para continuar con la investigación complementaria. Asimismo, ratificó las medidas cautelares impuestas previamente al imputado, las cuales estarán vigentes en un período de tres meses y son: acudir a firmar periódicamente dentro de los primeros cinco días de cada mes al Centro Estatal de Medidas Cautelares, el sometimiento y vigilancia por dicho Centro, la prohibición de salir del estado de Yucatán, la prohibición de acudir al lugar de los hechos y al domicilio de la víctima en un rango mínimo de 100 metros, y la colocación de un localizador electrónico.
 
Unidad de Comunicación Social y Protocolo del Poder Judicial del Estado de Yucatán
Comunicado No. UCSYP/81/ABR/2020/SAMR/MFMM

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