Autoridad judicial dicta auto de vinculación a proceso por el delito de sustracción de menores en su modalidad de retención

Martes, 18 de febrero de 2020

Juzgado Primero de Control del Primer Distrito Judicial

Juez Blanca Beatriz Bonilla González

 Número de Carpeta Administrativa 28/2020

Audiencia de vinculación a proceso

Delito: sustracción de menores en su modalidad de retención.

Imputados 2

Víctima 1

En audiencia pública celebra en el Centro de Justicia Oral de Mérida (CJOM), la juez Blanca Beatriz Bonilla González, dictó auto de vinculación a proceso a dos personas por hechos que la ley señala como delito de sustracción de menores en su modalidad de retención.

La Juez de control explicó en audiencia pública celebrada en el Centro de Justicia Oral de Mérida (CJOM), que se cumplieron cada uno de los requisitos establecidos en el artículo 316 del Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP) para dictar el auto de vinculación a proceso, los cuales son:

I. Se haya formulado la imputación; II. Se haya otorgado al imputado la oportunidad para declarar; III. De los antecedentes de la investigación expuestos por el Ministerio Público, se desprendan datos de prueba que establezcan que se ha cometido un hecho que la ley señala como delito y que exista la probabilidad de que el imputado lo cometió o participó en su comisión. Se entenderá que obran datos que establecen que se ha cometido un hecho que la ley señale como delito cuando existan indicios razonables que así permitan suponerlo, y IV. Que no se actualice una causa de extinción de la acción penal o excluyente del delito.

Los hechos expuestos por los fiscales son: que el día 16 de agosto de 2019, aproximadamente a las 13:30 horas, los ahora imputados acompañaron a la hoy víctima a las instalaciones del CAIMEDE para recoger a un menor de edad y no se lo devolvieron hasta el 08 de enero de 2020.

Los fiscales solicitaron el plazo de tres meses para el cierre de investigación complementaria; la juez accedió a dicha petición. Los vinculados continuará con las medidas cautelares que le fueron impuestas en audiencia pasada.

Unidad de Comunicación Social y Protocolo del Poder Judicial del Estado de Yucatán Comunicado No. UCSYP/41/FEB/2020/MMLC/MFMM

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