Autoridad judicial dicta auto de vinculación a proceso por el delito de lesiones en riña

Viernes, 24 de enero de 2020

Juzgado Segundode Control del Primer Distrito Judicial

Juez Elsy del Carmen Villanueva Segura

Número de Carpeta Administrativa 395/2019

Audiencia de vinculación a proceso

Delito: lesiones en riña

Imputados 1

Víctima 1

En audiencia pública la Juez de Control del Primer Distrito Judicial del Sistema Penal Acusatorio y Oral, Elsy del Carmen Villanueva Segura, dictó auto de vinculación a proceso a una persona por el delito de lesiones en riña.

La Juez de control explicó en audiencia pública celebrada en el Centro de Justicia Oral de Mérida (CJOM), que se cumplieron cada uno de los requisitos establecidos en el artículo 316 del Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP) para dictar el auto de vinculación a proceso, los cuales son:

I. Se haya formulado la imputación; II. Se haya otorgado al imputado la oportunidad para declarar; III. De los antecedentes de la investigación expuestos por el Ministerio Público, se desprendan datos de prueba que establezcan que se ha cometido un hecho que la ley señala como delito y que exista la probabilidad de que el imputado lo cometió o participó en su comisión. Se entenderá que obran datos que establecen que se ha cometido un hecho que la ley señale como delito cuando existan indicios razonables que así permitan suponerlo, y IV. Que no se actualice una causa de extinción de la acción penal o excluyente del delito.

Los hechos expuestos por las fiscales son: “el día 28 de septiembre de 2017, aproximadamente a las 6:15 horas encontrándose una persona en la avenida Jacinto Canek, fue agredida mientras se encontraba esperando su camión por otra persona del sexo masculino, provocándole lesiones que le causaron la pérdida del ojo izquierdo”.

La Fiscalía solicitó el plazo de tres meses para la investigación complementaria; la Juez accedió a dicha petición en virtud de que el plazo se justifica con los actos de investigación que se pretenden realizar.

Unidad de Comunicación Social y Protocolo del Poder Judicial del Estado de Yucatán

Comunicado No. UCSYP/28/ENE/2020/YVSC/HIMP

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