Sentenciado a 43 años y 9 meses de prisión por diversos delitos sexuales cometidos en contra de dos menores de edad

Lunes, 1 de julio de 2019

Sentenciado a 43 años y 9 meses de prisión por diversos delitos sexuales cometidos en contra de dos menores de edadFecha: 01/julio/2019

Tribunal:Primero de Enjuiciamiento

No. Carpeta de Administrativa: 25/2019

Tipo de audiencia: Juicio Oral

Delito:      Violación equiparada agravada

                 Violación agravada 2 En contra de una menor de edad

                   Violación equiparada agravada

                   Violación agravada ambos en contra de otra menor de edad

Imputado: 1

Víctima: 2

El Tribunal Primero de Enjuiciamiento del Poder Judicial del Estado sentenció a 43 años y 9 meses a una persona por los delitos de violación equiparada agravada, violación agravada (2) cometido en contra de una menor y violación equiparada agravada y violación agravada cometido en contra de otra menor de edad.

Esta sentencia se dio a conocer después de que el Tribunal celebró la audiencia de individualización de sanciones que se realizó en el Centro de Justicia Oral de Mérida esta mañana, luego de un juicio que inició el pasado 17 de junio del presente.

La audiencia de individualización de sanciones se celebra después de que el Tribunal emitió un fallo condenatorio. En la audiencia de hoy, la Fiscalía estatal y los asesores jurídicos presentaron medios de prueba para comprobar que el sentenciado actuó con un grado de culpabilidad alto, mientras que la defensa pretendió demostrar, mediante sus medios de prueba, que el grado de culpabilidad fue mínimo.

En la audiencia, después del desahogo de los medios de prueba, la juez relatora explicó que la culpabilidad fue ubicada en el grado máximo, ya que el hoy sentenciado habitaba en el mismo domicilio de las dos víctimas menores de edad, así como también tenía un parentesco ascendiente por afinidad, es decir era el padrastro de las dos menores.

El Tribunal también condenó al hoy sentenciado al pago de 500 días multa equivalente a 35,050 pesos, así como al pago de la reparación por daño moral por un total de 30,000 pesos y le suspendió sus derechos políticos. Igualmente le prohibió acercarse de manera definitiva a las víctimas directas en un radio de 500 metros, aun cuando el sentenciado haya cumplido toda la sanción impuesta.

Además, por la naturaleza del delito, así como por la sanción emitida, el Tribunal le negó al sentenciado el beneficio de la sustitución de las sanciones y resguardó el derecho de las víctimas para que ante el juez de ejecución de sanciones puedan acreditar el monto de la reparación del daño material.

Por último, el Tribunal fijó el día 8 de julio a las 13:00 horas la celebración de la audiencia de lectura y explicación de sentencia, en la que se detallarán las razones por las que emitió fallo condenatorio, así como las sanciones impuestas.

Los hechos que la Fiscalía estatal acusó ocurrieron en enero de 2013, cuando el hoy sentenciado comenzó a vivir en un domicilio con las dos víctimas menores edad y la madre de estas y, en reiteradas ocasiones, por medio de la violencia física, les impuso la cópula.

Unidad de Comunicación Social y Protocolo del Poder Judicial del Estado de Yucatán

Reporte de audiencia UCSYP/ 12/JULIO/2019/CCCC/HIMP

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