Autoridad judicial dicta auto de no vinculación a proceso por el delito de violación equiparada

Viernes, 18 de enero de 2019

El juzgado de control del primer distrito judicial del sistema penal acusatorio y oral del Poder Judicial del Estado resolvió no vincular a proceso a un imputado por el delito de violación equiparada.

Lo anterior en razón de que los datos expuestos por la Fiscalía Estatal no fueron suficientes para establecer hasta el momento un hecho que la ley señala como delito, ni hubo indicios de que el imputado participó en su comisión.

La autoridad judicial señaló que los datos de prueba presentaron deficiencias y contradicciones, ya que los fiscales sostuvieron que los hechos habrían ocurrido el pasado 13 de enero aproximadamente a las 3:00 horas, cuando el hoy imputado aprovechó que la hoy víctima ingirió bebidas embriagantes hasta quedar inconsciente y le impuso la cópula, siendo descubierto en el momento por testigos, motivo por el cual, el imputado huyó del lugar y fue detenido momentos después.

En la resolución, el órgano jurisdiccional encontró que los análisis químicos, como el dictamen del perito médico, establecieron que sí existió un grado de alcohol en la sangre de la persona señalada como víctima, pero no era suficiente para dejarla inconsciente, ya que consideró la estatura, edad y complexión física.

Dejó en claro que, a pesar de que juzgó con perspectiva de género, no encontró indicios razonables para vincular al imputado, ya que de lo vertido por las partes en la audiencia, el dictamen ginecológico estableció que no hubo indicios de penetración reciente y que los restos seminales encontrados no fueron comparados con los del hoy imputado.

Agregó que, aun ponderando la tesis jurisprudencial de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para juzgar con perspectiva de género, no encontró indicios razonables para reconocer un estándar de naturaleza probatoria, por lo que después de escuchar los datos de prueba expuestos por los fiscales y lo manifestado por la defensa, concluyó que no hay razonabilidad para vincular a proceso por el delito de violación equiparada, dejando sin efecto la medida cautelar de prisión preventiva impuesta al imputado en la audiencia anterior.

Por último, antes de concluir la audiencia, la persona señalada como víctima, hizo uso de su derecho de la voz y pidió que se haga justicia. La autoridad judicial informó a las partes que la decisión emitida puede ser impugnada por medio del recurso de apelación, por lo que dejó a salvo los derechos de las partes para poder hacerlo en los plazos y tiempos que la ley establece.

Unidad de Comunicación Social y Protocolo del Poder Judicial del Estado de Yucatán

Comunicado de prensa No. UCSYP/10/ENE/2019

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