Urgen a jueces mexicanos a capacitarse, para hacer valer los tratados internacionales de derechos humanos en la impartición de justicia.

sábado, 28 de enero de 2012

Los juzgadores mexicanos tiene que capacitarse y actualizarse respecto de los contenidos de los Tratados internacionales en derechos humanos, como un elemento fundamental para impartir justicia acorde a los principios que actualmente se establecen en esta materia a nivel internacional, coincidieron en señalar magistrados que participaron en la mesa panel “Reforma constitucional en derechos humanos en relación con casos prácticos y control de convencionalidad”.

El evento, realizado en el auditorio del Palacio de la Justicia, sede del Poder Judicial del Estado de Yucatán (PJEY), estuvo abarrotado por abogados, estudiantes y funcionarios que presenciaron las intervenciones de la magistrada del Tribunal Superior de Justicia del estado de México Deyanira Pérez Olivares y David Alberto Barredo Villanueva, magistrado del Tribunal Colegiado del Trigésimo Primer Circuito de Campeche.

Como moderador de la mesa, que forma parte de las actividades de capacitación del PJEY,  estuvo el magistrado del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Yucatán Jorge Rivero Evia.

La Magistrada Pérez Olivares resaltó que las reformas constitucionales que se realizaron en México en 2011, en las cuales se sustituyeron las garantías individuales por derechos humanos, “ trae consecuencias para tomar en serio los tratados internacionales”.

Recordó que México, como signante del Pacto de San José, ha recibido un gran impacto en todo su sistema de justicia, derivado de estas reformas. Las reformas constitucionales en lo referente a derechos humanos constituyen el cambio de mayor profundidad en el sistema de justicia en el Mexico contemporáneo.

Aseguró que estas reformas modifican la espina dorsal de todo el marco jurídico , convirtiendo a los juzgadores en jueces del derecho internacional. Señaló que la referencia más importante respecto de esta nueva forma de juzgar, se dio con la aceptación por parte de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de la recomendación sobre caso el caso Radilla, la cual significó  que el Poder Judicial debe tomar en cuenta los tratados e implicaciones de la Corte Interamericana de los Derechos Humanos y acatarlos.

Dijo que es obligación de los juzgadores, en el marco del derecho internacional,  aplicar el control de convencionalidad difuso respecto del marco legal local que se oponga a los Tratados Internacionales en derechos humanos.

Los derechos humanos  se aplican a todos los seres humanos, sin distinción, por igual. Es un derecho indivisible y no hay un derecho humano sobre otro, ni un tratado de derechos humanos sobre otro.

Explicó que los derechos humanos se caracterizan por su interdependencia, es decir, comprende relaciones donde un derecho depende de otro para existir, así como por la progresividad, el cual patentiza que el disfrute de los derechos siempre debe mejorar. Otros principios que los juzgadores deben tomar en cuenta son el de Pacta Sunt Servanda, en el que todo tratado obliga a las partes y debe ser cumplido.

También se refirió al principio pro homine, que implica que el juzgador debe tomar en cuenta el tratado que mejor proteja y garantice los derechos fundamentales del ser humano, sin importar la jerarquía de la norma. Incluso, dijo, una norma de rango inferior se aplica frente a la superior si contiene mayor protección.

Sin embargo, dijo, lo importante es que con motivo de la reforma constitucional, SCJN y su sometimiento en el caso Radilla, nos ha señalado la posibilidad de activar el control de convencionalidad, es decir, la inaplicación de la norma cuando sea contraria a un derecho humano contenido en la constitución o en algún Tratado internacional.

Aclaró que esto no implica cambio alguno en la supremacía a la Constitución, ya que no hubo reforma al artículo 133. “Lo que ha pasado es una forma tutelar de nuestra Constitución a los derechos humanos, pero el Tratado internacional sigue estando debajo de la constitución, pero por encima de toda la norma.

Por su parte, el Magistrado Barredo Villanueva dijo  que el caso Radilla implicó un cambio trascendental que impactará a los juzgadores mexicanos.

Este caso se refierea la presunta desaparición forzada de Rosendo Radilla Pacheco, que habría tenido lugar el 25 de agosto de 1974, a manos de efectivos del Ejército en el Estado de Guerrero. La Corte Interamericana de Derechos Humanos sentenció al Estado Mexicano a  conducir la investigación y, en su caso, los procesos penales en relación con el caso, la cual fue acatada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

“El caso Radilla vinculó a todos los poderes del estado mexicano. Los jueces tiene que estar conscientes que tienen que aplicar los tratados internacionales, específicamente a la ley que más favorezca los derechos humanos”, explicó.

Expresó que ahora “nuestro marco jurídico más importante van a ser los tratados en derechos humanos, además de que ya no hay distinción entre un juzgador federal o estatal para aplicarlos, porque todos tenemos la misma responsabilidad de cumplir con esto”.

Los tribunales locales del estado mexicano quedan obligados a aplicar la constitución, los tratados internacionales y la jurisprudencia por la Corte Interamericana de los Derechos Humanos, reiteró.

Barredo Villanueva expresó que la sociedad mexicana debe entender este impacto que vive el sistema de justicia mexicano.

 “Va a costar mucho trabajo que la sociedad entienda que existe el principio de presunción de inocencia y que el imputado vivirá su proceso en libertad. Pero la sociedad debe entender a los juzgadores, debe pensar que este nuevo contexto va a  beneficiar a todas las personas, porque todas merecen respeto. El derecho humano es todo lo que se concibe en el ser humano y hay que protegerlo, tenemos una tarea muy grande”, sentenció.

Imprimir