Vincula juez de control del Poder Judicial del estado a dos imputados al delito de homicidio calificado de un psiquiatra

Miércoles, 27 de agosto de 2014

Mérida, Yucatán a 27 de agosto de 2014.- Los dos imputados por el homicidio calificado de un psiquiatra ocurrido probablemente el pasado 16 de agosto fueron vinculados a dicho delito como coautores, luego de que el juez de control del Poder Judicial del Estado que presidió una audiencia para determinar su situación jurídica determinó que la fiscalía estatal presentó los medios de prueba suficientes para establecer su posible participación en el mismo.

Para ello, el juez consideró una serie de elementos de prueba que detallaron los fiscales asignados al caso, así como las intervenciones de los defensores particulares de ambos imputados e incluso las declaraciones de éstos últimos, quienes se declararon inocentes, aduciendo uno de los imputados que su declaración fue obtenida bajo tortura.

En una audiencia de vinculación que inició a las 9:30 horas del día de hoy y concluyó a las 22:00 horas, con un receso de siete horas solicitado por los defensores, el juez de control del primer distrito judicial del sistema acusatorio y oral del estado Luis Edwin Mugarte Guerrero, explicó ante el público asistente a la audiencia, incluyendo familiares de los acusados y de las víctimas, medios de comunicación y funcionarios de diversas instituciones, las razones por las cuales tomó dicha determinación.

Sobre el plazo solicitado por la fiscalía estatal para cerrarla investigación sobre el caso el juez estableció un plazo de dos meses y seis meses para la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa para los dos imputados.

El juez explicó amplia y detalladamente las razones y bases legales por las cuales consideró que todos los elementos de prueba presentados por los fiscales en la audiencia le parecieron lícitos, pertinentes y oportunos y dejó de manifiesto que, salvo la declaración de uno de los imputados, ninguno fue controvertido por la defensa.

Asimismo, estableció el razonamiento para considerar las calificativas y agravantes del caso que fueron invocadas por los fiscales: premeditación y traición. La primera considerando que de acuerdo con los elementos de la fiscalía, que no fueron contradichos por la defensa, ambos imputados se reunieron para su planeación y llevaron a cabo acciones previas para su realización, incluyendo un pago que uno le haría a otro por la realización.

En lo referente a la traición, el juez Mugarte Guerrero explicó que dicha agravante se da, entre otros, por el uso de relaciones de amistad y fue precisamente que con base en la amistad que se logró que la hoy víctima se encontrara en el día, hora y probable lugar de los hechos presentados por los fiscales y que no fueron contradichos por la defensa.

En su amplia explicación que duró casi dos horas, el juez abordó que las declaraciones de los imputados e incluso consideró las intervenciones de sus defensores, quienes en su análisis reforzaron la identificación de una credencial de elector que fue presentada como dato por los fiscales y que según los defensores fue “sembrada” en el lugar de los hechos. Sin embargo, señaló el juez, “no me puedo basar en conjeturas” al referirse a lo aludido por los defensores, quienes no aportaron mayores datos para sostener esta aseveración.

A lo largo de la audiencia los fiscales habían establecido una serie de elementos con los que, adujeron, se configura el delito de homicidio calificado, así como la premeditación y la traición y reiteraron la solicitud de que los imputados fueran vinculados como coautores directos en la concepción, preparación y ejecución del delito.

Estos elementos incluyen indicios hallados en un departamento ubicado en esta ciudad que rentaba uno de los imputados, el cual fue cateado bajo orden judicial y en donde se habría dado muerte a la víctima quien, al igual que los imputados, era médico psiquiatra.

Estos hallazgos fueron, entre otros, un cuchillo con manchas rojas, una sierra eléctrica, una impresora, un par de zapatos con manchas rojas, 1 par de guantes usados, tarjetas de presentación de uno de los imputados y de la víctima, restos de un puro, cintas adhesivas, así como la credencia de elector de otro de los imputados.

También mencionaron los hallazgos en el automóvil de la víctima, dentro del cual, en cajas de madera, fue dejado su cuerpo, el cual fue desmembrado posterior al homicidio.

Los fiscales señalaron que obtuvieron hallazgos en esas cajas, entre otros, restos del mismo puro que había en el departamento, varios pares de guantes usados coincidentes con los hallazgos en el departamento, pedazos de  un cinturón también coincidente con otros trazos hallados en la vivienda cateada, además de que las cajas presentaban cinta como la que fue hallada en el departamento.

También establecieron que el homicidio fue realizado dolosamente, tal como consta en el resultado de una necropsia que fue practicada al cuerpo de la víctima y que indicó que el hoy occiso recibió 23 lesiones por arma blanca por parte de los ahora vinculados, quienes actuaron por decisión propia.

En cuanto a la premeditación, la establecieron señalando que ambos imputados aprovecharon la relación y proyectos comunes que tenían con la hoy víctima y se reunieron para su planeación, incluso un mes atrás uno de los imputados le ofreció al otro $150,000 por realizarlo.

Asimismo, en el lugar del cateo se hallaron pruebas biológicas y en la cinta que tenía una de las cajas que tenía parte del cuerpo se halló una huella dactilar que corresponde a la de uno de los imputados.

Todos estos datos fueron considerados lícitos, oportunos y pertinentes por el juez Mugarte Guerrero.

En su oportunidad, los defensores particulares de ambos imputados tuvieron la oportunidad de contradecir las pruebas de los fiscales. El defensor de uno de ellos manifestó que las declaraciones de su defendido y recabadas por la Fiscalía fueron obtenidas bajo tortura, ya que fue detenido con anterioridad, encapuchado y llevado a diversos lugares donde fue golpeado y le fueron tomadas huellas de manera forzada.

Asimismo, señalaron que la Fiscalía había “sembrado” la credencial de elector de uno de los imputados hallada en el lugar cateado. Sin embargo, el juez Mugarte Guerrero le dio valor a esta prueba y les explicó el razonamiento de esta decisión.

Ambos imputados declararon ante el juez de control alegando su inocencia y describiéndose como hombres profesionales, honrados y sin antecedentes penales de algún tipo.

Sin embargo, sus defensores no aportaron nuevos elementos ni establecieron elementos de descargo a favor de sus defendidos y tampoco controvertieron los elementos presentados por la Fiscalía.

En su oportunidad, el defensor de uno de los acusados solicitó la no vinculación de su defendido y su libertad inmediata “toda vez que los datos no son lógicos, son incongruentes” y porque “ninguna declaración tomada bajo tortura debe ser tomada como elemento para vincularla a un proceso, mucho menos documentos falsos firmados bajo tortura y sin la asistencia de abogados”.

Por su parte, el abogado del otro imputado dijo que la declaración que su representado hizo ante la Fiscalía no correspondía al lenguaje y nivel intelectual de éste y por tanto era incongruente.

El juez Mugarte Guerrero dedicó un gran espacio para reiterar sus consideraciones respecto de los dichos de los acusados sobre un supuesto caso de tortura e instruyó nuevamente a la Fiscalía a abocarse a la investigación que en la audiencia los fiscales investigadores dijeron que ya se había iniciado.

 

 

 

Imprimir