Resaltan la importancia de nuevas opciones, además de la prisión, para los sentenciados

Lunes, 23 de septiembre de 2013

 

Mérida, Yucatán a 23 de septiembre de 2013.-Los conceptos de reinserción y readaptación en México se ven superados en el marco actual del respeto a los derechos humanos, ya que a partir de una reforma en 2008 el sentenciado es considerado como un sujeto de derechos y obligaciones que debe responsabilizarse de los hechos cometidos.

Así lo expresó la Juez Primero de Ejecución de Sanciones Penales en el Distrito Federal, Mtra. Belem Bolaños Martínez, en el marco del 1er. Foro Regional “El juez de Ejecución de Sanciones Penales: jurisdiccón penitenciaria y reinserción social”, que se enmarca en la 8ª. Semana Jurídica y Cultural del Poder Judicial del Estado.

Dicho Foro fue inaugurado por el Presidente del Tribunal Superior de Justicia del Estado Dr. Marcos Alejandro Celis Quintal y el Consejero Jurídico Lic. Ernesto Herrera Novelo, así como el Presidente del Tribunal Superior de Justicia de Tabasco Jorge Javier Priego Solís. En el evento estuvieron presentes Magistrados y Consejeros del Poder Judicial, funcionarios estatales, jueces y juezas del Poder Judicial, así como el  Director del Centro de Reinserción Social del Estado de Yucatán Francisco Javier Brito Herrera.

En su conferencia magistral, la juez Bolaños Martínez señaló que “hoy en día hay Códigos Penales más represivos que preventivos. Uno de los retos en materia penitenciaria es la protección de los derechos humanos y el tema de la re-inserción y vamos a lograrlo privilegiando medidas alternas a la prisión”

Aclaró que la labor de un juez penal no concluye cuando dicta una sentencia. “El debido proceso concluye cuando se extingue o compurga la pena o medida de seguridad”.

Por ello, dijo, es importante que la sociedad conozca la función de este nuevo tipo de jueces llamados de Ejecución, quienes se encargan de que las sanciones y medidas impuestas al sentenciado sean ejecutadas en forma debida y en respeto a sus derechos humanos; pueden también aplicar exenciones y beneficios a los sentenciados e incluso pueden modificar sus sanciones.

Consideró que en México los menos de 100 jueces,¡ de ejecución que están en funciones actualmente son insuficientes.  “No podemos dar una respuesta adecuada hasta que nuestro país no creen más órganos especializados en esta materia, en forma proporcional a los juzgados penales o de juicio oral”, expuso.

En Yucatán existen desde 2011 dos juzgados de ejecución de sentencias del Poder Judicial del Estado, que atienden alrededor de 1,600 casos por año y que se encargan de que las penas a los sentenciados sean debidamente ejecutadas, pero también evalúan la aplicación de beneficios previstos en la Ley como es la remisión parcial de la pena, entre otros.

Dijo que “no todos los problemas de la sociedad  radican en la prisión” y por eso propuso el uso del brazalete electrónico, como una medida alterna y como una solución para la sobrepoblación en los Centros de Reinserción Social.

 “Una de las medidas que ya está consolidada en otros países es el uso del brazalete electrónico como medida cautelar, que es real y efectiva para despresurizar los centros de reclusión”.

Aseguró que en Yucatán tendría mas éxito porque la población es menor y la población penitenciaria es menor y se requeriría de menos equipos.

En una entrevista,  la juez Bolaños Martínez se refirió al Código Penal y de procedimientos penales únicos. Dijo que “constituye una ventaja para todos los estados en cuanto a la operación y los procedimientos en materia penal”

Igualmente, señaló, en el tema de ejecución sería benéfico, para que exista una igualdad en los procedimientos a imponer a los internos, sería una herramienta muy importante tener una sola Ley Federal de Ejecución de Sanciones.

Dijo que con la aparición de los jueces de Ejecución de sanciones, en 2011, ese estableció que el sistema penitenciario se organizará sobre la base del respeto a los derechos humanos,del trabajo, la capacitación para el mismo, la educación, la salud y el deporte como medios para lograr la reinserción del sentenciado a la sociedad y procurar que no vuelva a delinquir, observando los beneficios que para el preve la ley.

Expuso que México aplica un tratamiento técnico basado en reglas mínimas para el tratamiento de los reclusos, enmarcado en Convenciones Internacionales de Derechos Humanos y Derechos Civiles y Políticos.

  • Reglas mínimas para el tratamiento de los reclusos.Artículo 59. Establece inclusive que, para cumplir con el tratamiento, son admisibles “todos los medios curativos, educativos, morales, espirituales y de otra naturaleza.
  • Convención Americana de Derechos Humanos. Artículo 5, numeral 6: “Las penas privativas de la libertad tendrán como finalidad esencial la reforma y readaptación social de los condenados.” Adoptada en 1969 y en vigor desde 1978.
  • Pacto Internacional de Der Civiles y Políticos.Artículo 10, numeral 3: “El régimen penitenciario consistirá en un tratamiento cuya finalidad esencial será la reforma y la readaptación social de los penados.” Adoptado en 1966 y en vigor desde 1976.

Señaló que de hecho, “la Comisión Interamericana de Derechos Humanos consideró que los estudios de personalidad aplicados en el sistema penitenciario de nuestro país contravienen disposiciones de la Convención cuando se aplican a personas procesadas; sin embargo, no llegó a establecer lo mismo respecto de las personas sentenciadas; indirectamente, esto legitimó semejante práctica”.

Dijo que el origen del brazalete electrónico se dio en Florida, Estados Unidos, donde se utilizó por primera vez en 1983 y actualmente ya es usado en más de 70 países. En México llega a 2003 en el estado de Chihuahua.

Aclaró que las personas que fueron sentenciadas por homicidio calificado, pornografía infantil, violación, entre otros delitos, no podrían tener el beneficio del brazalete electrónico.

Al término de esta conferencia, se dio inicio a las mesas “Facultades y atribuciones del Juez de Ejecución de Sanciones Penales en materia de reparación del daño y modificación de sentencias” y “Beneficios penitenciarios y procedimientos en la etapa de ejecución”.

Por su parte el Lic. Niger Desiderio Pool Cab, Juez Segundo de Ejecución de Sentencia del Estado de Yucatán, impartirá la conferencia “La reinserción social, realidades y desafíos”.

La jornada de este lunes continuará con la ceremonia de inauguración de la 8ª. Semana Jurídica y Cultural prevista para las 18:30 horas

El día de mañana martes y hasta el viernes 27 continuará la agenda prevista para esta Semana.

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