Curso de Capacitación Sobre: La Norma Técnica para la Clasificación Nacional de Delitos del Fuero Común para Fines Estadísticos

Miércoles, 30 de octubre de 2012

 

Curso  de Capacitación Sobre: La Norma Técnica para la Clasificación Nacional de Delitos del Fuero Común para Fines Estadísticos

Mérida, Yucatán a 30 de octubre de 2012.-  En punto de las 16:30 horas se llevo a cabo, en la sala de oralidad de los juzgados penales, un curso de capacitación sobre: La Norma Técnica para la Clasificación Nacional de Delitos del Fuero Común para Fines Estadísticos.

Cuyo objetivo es proporcionar los elementos teóricos y prácticos para que los participantes conozcan la clasificación con fines estadísticos de los Delitos del Fuero Común, que con motivo del ejercicio de sus funciones generen las Unidades Jurisdiccionales, con el propósito de integrar dicha información al Censo Nacional de Impartición de Justicia Estatal.

El objetivo de esta norma es establecer  las  especificaciones   para   que   las Unidades del Estado clasifiquen, con fines estadísticos, los registros que con motivo del ejercicio de sus atribuciones generen sobre Delitos del Fuero Común, de una manera estructurada, estandarizada, consistente, compatible y comparable; a efecto de permitir la adecuada vinculación de los mismos en todos los procesos relacionados con la seguridad pública y la justicia, además de contribuir al fortalecimiento del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica.

Es importante recalcar que “La Norma Técnica para la Clasificación Nacional de Delitos del Fuero Común para Fines Estadísticos” es de observancia obligatoria, para el INEGI, así como para las Unidades  del  Estado   que   por   sus funciones tengan a   cargo la realización por sí mismas o por terceros, de la generación, captación, actualización e integración de registros administrativos sobre Delitos del Fuero Común, que le sean solicitados por el INEGI en diversos ejercicios de carácter estadístico

Clasificar para efectos de reporte de información estadística, la información que derive de los registros administrativos relacionada con delitos del Fuero Común.

A partir de la entrada en vigor de la Norma Técnica (día siguiente al que fue publicada en el Diario Oficial de la Federación), las Unidades del Estado contarán hasta con un año para llevar a cabo los ajustes necesarios en sus procedimientos, formatos y/o mecanismos de compilación de información estadística, según sea el caso, a fin de adoptar para efectos de reporte estadístico, lo referente a la clasificación de los delitos del fuero común.

Las Unidades del Estado deberán continuar reportando la información   relacionada  con   Delitos   del   Fuero Común al INEGI de acuerdo con la Clasificación Estadística de Delitos 2010, en tanto adoptan lo establecido en esta Norma Técnica. Dicha Clasificación quedará   sin   efecto   para   el   reporte   estadístico, concluido el período señalado.

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