Aprueban suspensión condicional en un caso de violencia familiar

viernes, 14 de octubre de 2016

Mérida, Yucatán a 14 de octubre de 2016.- La autoridad judicial accedió a la suspensión condicional a proceso de una persona imputada por el delito de violencia familiar, después de que la víctima y el imputado fueran sometidos a valoración psicológica.

 

La Juez de control del primer distrito judicial del sistema penal acusatorio y oral del Poder Judicial del Estado, Suemy del Rosario Lizama Sánchez, presidió una audiencia en la que la que comparecieron los psicólogos de las partes, para dar cuentas acerca del tratamiento psicológico al que fueron sometidos.

 

En una audiencia anterior, la defensa del imputado, quien estaba en cumplimiento de la medida cautelar de prisión preventiva debido a que incumplió con las medidas diversas a la prisión que le fueron impuestas en la audiencia de vinculación, entabló pláticas con la víctima para que esta le otorgue el perdón a su defendido, por lo que pidió audiencia ante la juez Lizama Sánchez.

 

Ante esta solicitud, la juez solicitó que una psicóloga del Centro de Justicia para las Mujeres le realice una valoración psicológica a la víctima para determinar si estaba en condiciones de dar el perdón y citó a las partes a audiencia. En aquella audiencia, la psicóloga manifestó que la víctima estaba todavía afectada psicológicamente y a pesar de que las partes habían llegado a un acuerdo, la autoridad judicial se negó al perdón solicitado, ya que este perdón extinguía la acción penal argumentando que esta decisión era salvaguardando la integridad de la víctima, así como los derechos de ésta y ordenó que el imputado sea valorado psicológicamente.

 

Posteriormente, el defensor solicitó la audiencia para la suspensión condicional del proceso, sin embargo la juez se negó debido a que todavía no le habían dado los informes psicológicos del imputado.

 

Ya con los informes citó a las partes y abrió audiencia, en ella la psicóloga de la víctima manifestó que ella sigue en terapia, pero que ya estaba en condiciones de comprender el alcance de las acciones así como las consecuencias, por su parte, el psicólogo del imputado, manifestó que presenta signos de agresividad, pero que se debía por estar bajo la medida cautelar de prisión preventiva y que no presentó agresividad por violencia de género.

 

Ante estos informes emitidos por los psicólogos y salvaguardando los derechos de la víctima y el imputado, la juez accedió a la suspensión condicional del proceso en la que el imputado se comprometió a un tratamiento terapéutico en una institución pública, que no se acerque a la víctima en un radio de 500 metros, ni a su centro laboral, ni su domicilio, ni al lugar donde ella estudia, tendrá un trabajo, concluirá sus estudios, no portará armas y se someterá a exámenes toxicológicos, así como a la supervisión de la Unidad de Medidas cautelares y suspensión Condicional del proceso para su debido cumplimiento.

 

También, en la misma audiencia, el imputado entregó a la víctima, la cantidad de 35,000 pesos como concepto de reparación del daño para que continúe con su tratamiento psicológico.

 

Además de las medidas que deberá cumplir el imputado, la juez de control ordenó las medidas de protección a la víctima, la cual tendrá duración por el tiempo de un año, al igual que la suspensión condicional.

 

En caso de que el imputado cumpla con las condiciones se extinguirá la acción penal y por consiguiente se dará el sobreseimiento del caso.

 

Los hechos que dieron origen a este caso, ocurrieron el 28 de mayo, aproximadamente a las 22:30 horas, cuando una persona se encontraba en un predio del fraccionamiento Jardines del Norte y agredió a su pareja sentimental provocándole lesiones que no ponen en peligro la vida y tardan en sanar más de quince días

 

Comunicado de prensa: UCSYP/408/OCT/2016

Unidad de Comunicación Social y Protocolo del Poder Judicial del Estado

 

 

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