Nueva Ley de Adolescentes regirá procesos de menores a partir de mañana en Yucatán y en todo el país

Viernes, 17 de junio de 2016

El Poder Judicial del Estado dio a conocer los cambios que a partir de mañana aplicarán al entrar en vigor la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes que rige los procesos judiciales de menores que cometan algún delito  en edades de entre 12 y menos de 18 años.

La conferencia estuvo encabezada por el magistrado presidente del Tribunal Superior de Justicia Marcos Alejandro Celis Quintal y el presidente de la sala unitaria de justicia para adolescentes Santiago Altamirano Escalante. También estuvieron presentes el director del Centro Especializado en la Aplicación de Medidas para Adolescentes (CEAMA) Didier Escalante y los jueces del Poder Judicial del Estado especializados en este sistema, Manuela Chiu Dorantes, Luis Alfredo Solís Montero y Danila Dzul Tec.

El pasado 14 de junio la cámara de diputados avaló la ley que, entre otras cosas, al igual que la ley aun vigente hasta el día de hoy en Yucatán, entre otras cosas, establece tres parámetros de edad, para dar tratamiento particular a los niños y adolescentes que incurran en algún delito, lo anterior, a fin de propiciar su reinserción social.

El magistrado presidente del Tribunal Superior de Justicia Marcos Celis Quintal expresó que si bien Yucatán estaba un paso adelante al emitir en 2012 una Ley de Adolescentes sincronizada y homologada con el sistema acusatorio y oral , mismo que empezó a entrar en Yucatán de manera paulatina desde 2011 y concluyó en 2014 en nuestro estado, a partir de mañana ésta quedará abrogada para los nuevos asuntos, quedando vigente la Ley Nacional.

Por su parte, el magistrado Altamirano Escalante explicó algunas de las innovaciones y modificaciones de esta nueva ley, entre ellas la ponderación de la especialización de los integrantes del sistema, tanto del Poder Ejecutivo como del Poder Judicial.

Asimismo, las penas serán diferenciadas, siendo la máxima de 5 años, mientras que los menores de 14 años no pueden ser sujetos de internamiento.

Asimismo, contempla la prevención social de la violencia y la delincuencia para personas adolescentes y de procesos restaurativos, además de la mediación, como mecanismos alternativos de solución de controversias. También posibilita el recurso de queja por parte del adolescente en contra del juzgado de primera instancia por no realizar un acto procesal dentro del plazo señalado por la ley, entre otras.

La nueva ley acorta plazos y términos para la determinación de sentencias de primera y segunda instancia y solo prevalece la revocación y apelación, eliminándose la casación y la revisión.

Este ordenamiento está en línea con el respeto a los derechos de los niños, niñas y adolescentes a  nivel nacional e internacional y con el interés superior del menor.

 

Imprimir