Fallo condenatorio a una persona por el delito de violación equiparada

Jueves, 11 de febrero de 2016

Unidad de Comunicación Social y Protocolo del Poder Judicial del Estado de Yucatán

Comunicado de prensa: UCSYP/75/FEB/2016
 
Umán, Yucatán a 11 de febrero de 2016.- El Tribunal Primero de Juicio Oral del Poder Judicial del Estado, emitió hoy fallo en sentido condenatorio a una persona a quien encontró penalmente responsable del delito de violación equiparada, ocurrido en este municipio de Umán, contiguo a Mérida.
El Tribunal, conformado por las juezas Fabiola Rodriguez Zurita, quien funge como presidenta en esta ocasión, Nidia Guadalupe Celis Fuentes e Ileana Georgina Dominguez Zapata, determinó por unanimidad de votos la responsabilidad penal de S.G.L.P. en la comisión del hecho ilícito de violación equiparada cometido en contra de un menor de edad.
 
En la sala de oralidad del Centro de Justicia Oral de Umán, la jueza relatora Celis Fuentes leyó el fallo al que arribó el Tribunal y en el que determinó que tuvo como base el testimonio de la víctima directa de los hechos, quien hizo señalamientos concretos y categóricos, sostuvo su dicho y mencionó quién cometió el delito, esta testimonial tuvo valor preponderante para determinar la culpabilidad del acusado en el delito.
 
En la misma audiencia, la jueza relatora explicó que el Tribunal determinó absolver al acusado de otro delito por el que era procesado en este juicio, que es el de abuso sexual en contra de otra víctima, pero en este caso el testimonio de la víctima menor de edad no contuvo información que robusteciera la acusación de los fiscales, así tampoco hubo otro tipo de pruebas que probaran su participación en esos hechos.
 

Por último, la presidenta Rodriguez Zurita fijó el día de mañana 12 de febrero a las 09:00 horas la audiencia de determinación de penas y reparación del daño, en la cual las partes han ofertado pruebas y testimonios, sobre las cuales las juezas deberán basar su criterio para determinar las sanciones correspondientes al caso concreto.

 

HIMP/MFMM

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