Extinción de la acción penal y sobreseimiento de la causa

jueves, 31 de marzo de 2016

Unidad de Comunicación Social y Protocolo del Poder Judicial del Estado de Yucatán
 
Comunicado de prensa: UCSYP/151/MAR/2016
 
Caso: 79/2015       Juzgado 1°  de control, Mérida
 
Mérida, Yucatán a 31 de marzo de 2016.- La autoridad judicial dio por extinta la acción penal y el sobreseimiento de un caso de homicidio por culpa, después de verificar que el imputado cumplió el acuerdo reparatorio que pactó con las víctimas, como salida alterna a juicio oral, contemplada en la ley vigente.
 
La juez de control del primer distrito judicial del sistema penal acusatorio y oral del Poder Judicial del Estado, Elsy del Carmen Villanueva Segura, presidió la audiencia en la que las partes procesales le informaron que se cumplió con el acuerdo al que llegaron.
 
El acuerdo reparatorio es un mecanismo alternativo de solución de controversias y consiste en un pacto entre la víctima y el imputado que lleva como resultado la solución del conflicto, este acuerdo tiene la finalidad de hacer prevalecer una justicia restaurativa, mediante la participación activa de la víctima y el imputado.
 
En la audiencia, la juez Villanueva Segura se aseguró que las víctimas indirectas estuvieron plenamente satisfechas con el cumplimiento del acuerdo, el cual consistió en una indemnización, por parte del imputado, el cual fue entregado a las víctimas indirectas, así como también un vehículo y una disculpa pública.
 
La juez dio por extinta la acción penal y el sobreseimiento de la causa, misma que quedó firma debido a que las partes procesales renunciaron al plazo para interponer un recurso.
 
Los hechos que dieron origen a este caso ocurrieron el 15 de agosto de 2015, aproximadamente a las 06:50 horas, cuando una persona conducía un vehículo en el fraccionamiento vergel 65 y al incorporarse a la avenida Quetzalcoatl, del oriente de esta ciudad, invadió la acera atropellando a una persona, ocasionándole lesiones que la privaron de la vida.

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